Estados Financieros
Resolución No.002-2021, Artículo 6, Numeral 16:
16. Finanzas
16.1: Estados Financieros: La presentación de los estados financieros se efectuará anualmente de conformidad con la base teórica y los lineamientos fundamentales que regulan los criterios seguidos para la elaboración de los estados financieros y constituyen reglas de carácter especifico para ser aplicables en todas las instituciones del sector publico no financiero, a saber:
a) Las normas de contabilidad emitidas por la Dirección General de Contabilidad Gubernamental (DIGECOG), Organo Rector del Subsistema de Contabilidad.
b) Las normas internacionales de Contabilidad Aplicables al Sector Público (NICSP) adoptado por la DIGECOG.
c) El sistema de análisis de cumplimiento de las normas contables (SISACNOC).
El conjunto de los estados financieros anuales está compuesto por:
a) Balance General
b) Estado de resultados
c) Estado de flujo de efectivo
d) Estado de cambios en el patrimonio
e) Anexos y notas explicativas